La Constitución de 1869
- Escrito por Eduardo Montagut
- Publicado en Historalia
La crisis del régimen político moderado de Isabel II desembocó en una Revolución en septiembre de 1868, y en el nacimiento de lo que la historiografía ha denominado Sexenio Democrático, hasta 1874, con una alternativa monárquica, pero mucha más avanzada que la isabelina, en la figura de Amadeo de Saboya.
El Pacto de Ostende, que unió a progresistas y demócratas contra el sistema isabelino, se firmó en el año1866, ante la profunda crisis del sistema isabelino. A la muerte de O’Donnell, los unionistas se incorporaron al pacto para derribar a la reina Isabel II y acabar con su régimen político. El 17 de septiembre de 1868 la Revolución se inició con la sublevación del almirante Topete en la bahía de Cádiz apoyado por Prim (progresista) y Serrano (Unión liberal). El movimiento se extendió por todas partes con levantamientos populares y organización de juntas revolucionarias locales. Serrano vencía al ejército gubernamental en la Batalla del Puente de Alcolea. La reina huyó a Francia, y se constituyó un Gobierno provisional presidido por el general Serrano, convocándose elecciones a Cortes Constituyentes por sufragio universal directo para enero de 1869.
Bajo la aparente unidad de los protagonistas de la Revolución habría al menos dos grandes bloques sociopolíticos. En primer lugar, estaría la amalgama de progresistas, unionistas y demócratas moderados, cuya base social estaba formada por la clase media que se identificaba con los planteamientos del Gobierno provisional, aspirando a un cambio meramente político con un régimen más abierto y representativo que el isabelino, pero sin planteamientos sociales radicales y ni propuestas revolucionarias.
Por otro lado, estarían los republicanos, escindidos del Partido Demócrata. Tenían el apoyo popular. Pretendían cambios políticos más radicales, como el establecimiento de la República, y la defensa de un programa de reformas socioeconómicas profundas. Sus propuestas coincidían con las de las Juntas revolucionarias, disueltas por el gobierno provisional.
Los votantes otorgaron la mayoría absoluta a las fuerzas gubernamentales: unionistas, progresistas y demócratas monárquicos con 236 escaños. Lejos quedaron los republicanos y los carlistas, con 85 y 20 diputados, respectiva mente. En todo caso, los republicanos acusaron al gobierno Provisional de injerencia para conseguir esos resultados electorales, algo que ha confirmado la historiografía. De estas Cortes Constituyentes resultó la Constitución de 1869, la primera democrática de la Historia de España. La comisión constitucional que redactó el proyecto estuvo formada por destacados miembros de esta mayoría, y fue presidida por Salustiano Olózaga. Por otro lado, se excluyó a los republicanos.
El debate constitucional fue intenso desde el primer momento porque se planteó que la forma de gobierno en España sería una Monarquía, algo que no querían aceptar los republicanos. En todo caso, la nueva Monarquía perdía poder en relación con la vieja, ya que el poder legislativo quedaría en manos de las Cortes. El preámbulo de jaba muy claro que la soberanía era nacional. Pero también es cierto que la Monarquía conservaba poderes, como el de disolución de las Cortes y designar, separar gobiernos y poder de sancionar o no las leyes, por lo que no se puede considerar, que el texto constitucional de 1869 estableciera una Monarquía parlamentaria, donde la Corona queda con un poder simbólico. En todo caso, sí es cierto que se limitaron poderes al monarca, fortaleciendo al Consejo de Ministros, además de establecer las responsabilidad del Gobierno ante las Cortes.
La cuestión religiosa planteó otro intenso debate parlamentario. Se estableció la libertad de cultos, todo un hito en la historia constitucional española porque hasta entonces no se había dado. Eso provocó la crítica de los carlistas y de la Iglesia Católica. En todo caso, se mantenía la confesionalidad del Estado español, manteniendo el presupuesto de “culto y clero”, es decir, la financiación pública de la Iglesia. En el debate se planteó, por parte de los republicanos, la necesidad de la laicidad del Estado, aunque, como vemos, no se aprobaría.
La Constitución reconocía una avanzada declaración de derechos individuales: derecho a la participación política, sufragio universal masculino, libertad de imprenta, y derecho de reunión y de asociación.
Los republicanos no solo criticaban que no se hubiera establecido una República, y sobre la cuestión religiosa, también lamentaban que no se reinstaurara la Milicia Nacional, y deseaban un poder legislativo unicameral sin Senado. Cincuenta y cinco diputados republicanos vota ron en contra bajo la fórmula de que acataban el texto, pero no lo aceptaban. Era el sector moderado y centrista (Castelar, Salmerón…), pero los dieciséis diputados repu blicanos intransigentes no lo hicieron (Pi y Margall).
La Constitución de 1869 fue, hasta el momento, la más avanzada que se había dado en España, especialmente, si se compara con sus dos predecesoras.
Eduardo Montagut
Doctor en Historia. Autor de trabajos de investigación en Historia Moderna y Contemporánea, así como de Memoria Histórica.
Premio Mejor Aliado 2024 de la Asociación Blanco, Negro y Magenta.
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