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Largo Caballero y la defensa del derecho social en 1924


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Francisco Largo Caballero opinó sobre la cuestión del derecho social, después de que se celebrase la VI sesión de la Conferencia Internacional del Trabajo en 1924 sobre esta cuestión.

¿Por qué?

El mismo justificaba el artículo que publicó en el Heraldo de Madrid, y luego reproducido por El Socialista en su número 4824 de 24 de julio de 1924, porque afirmaba que, aunque pareciera extraño, existían quienes en nombre de la “falsa libertad” de contratar y de producir, se oponían a que la legislación del trabajo se incorporase al Derecho y constituyese el código que regulase nacional e internacionalmente las relaciones sociales entre la clase obrera y el capitalismo, o la patronal, diríamos nosotros.

Pese a todo era evidente la existencia de un antagonismo de clases entre los que vendían su fuerza de trabajo física o intelectual y los que compraban esa fuerza productiva de toda la riqueza. Eso llevaba indefectiblemente a la lucha de clases. Esa era la realidad y sobre cuyo eje giraban todos los demás problemas de carácter moral, político o económico.

Pero, Largo Caballero se preguntaba si esa lucha social, inherente al sistema capitalista, debía dejarse a la libre acción de las dos partes en pugna, con todo lo que ello comportaba en relación con el peligro de la violencia individual o colectiva y en relación con los trastornos en la producción, o debía ser prevenida, encauzada y hasta humanizada a través de una legislación que tendiese a revindicar los derechos de los que producían, procurando no poner en peligro la existencia y desarrollo de la economía.

Ahí estaba la disyuntiva, entre la idea de que los conflictos sociales debían resolverse por la acción directa de patronos y obreros, según la fuerza de cada una de las clases enfrentadas, y que Largo Caballero consideraba que se basaba en una posición de defensa de una falsa libertad, o restringir, precisamente, esa falsa libertad con leyes sobre el trabajo que obligasen a quienes debían conceder poco a poco a los productores la independencia económica de que les privaba un régimen económico basado en la propiedad individual de los medios de producción y de cambio.

Evidentemente, Largo se inclinaba por la segunda solución.

Como vemos, estaríamos ante una sencilla pero clara defensa de la legislación sociolaboral.

Doctor en Historia. Autor de trabajos de investigación en Historia Moderna y Contemporánea, así como de Memoria Histórica.

Premio Mejor Aliado 2024 de la Asociación Blanco, Negro y Magenta.

 

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