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Las Capitulaciones de Santa Fe


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Registro de las Capitulaciones de Santa Fe conservado en el Archivo de la Corona de Aragón. / Wikipedia Registro de las Capitulaciones de Santa Fe conservado en el Archivo de la Corona de Aragón. / Wikipedia

El proceso que llevó a firmar las Capitulaciones de Santa Fe no fue sencillo. Cristóbal Colón llegó al Monasterio de la Rábida en 1491, donde el confesor de la reina, a la sazón el franciscano Juan Pérez, se ofreció para aconsejar su proyecto. Tuvo éxito, y el marino pudo presentarlo en el campamento de Santa Fe a los Reyes Católicos, pero sus peticiones fueron consideradas excesivas por los monarcas. En todo caso, en el seno de la corte Colón tenía sus apoyos, que se movilizaron para intentar buscar la financiación adecuada con el fin de llevar a cabo la idea de Colón de marchar por Occidente para llegar a Oriente. No debemos olvidar que el vecino Portugal llevaba ya un largo tiempo buscando una ruta hacia la India intentando buscar por el sur, bordeando África, y su protagonismo en el Océano era innegable. Este conjunto de causas llevó a que Isabel y Fernando reconsideraran su negativa, y aceptaran negociar con Colón.

Después de unos tres meses se firmaron las famosas Capitulaciones de Santa Fe, el 17 de abril de 1492, ya conquistada Granada.

Las Capitulaciones en este ámbito significarían un contrato entre la Corona y un particular para descubrir y/o conquistar un territorio estableciendo una serie de condiciones. Las Capitulaciones de Santa Fe estipulaban la concesión del título de almirante sobre las islas y tierras firmes que descubriese a Colón. El cargo era a perpetuidad y hereditario. También se le nombró virrey y gobernador. Se le otorgaba una décima parte de los beneficios de los descubrimientos, y de contribuir con una octava parte de los gastos de las armadas, a cambio de recibir la misma proporción de los beneficios. Unos días después, se le concedía a Colón la merced de la ampliación vitalicia y hereditaria del cargo de gobernador, y tendría el honor del tratamiento de “don”.

Las Capitulaciones suponen uno de los documentos más importantes de la Historia porque, aunque no aluden a las Indias y, por supuesto a América, continente que no se conocía, abrieron la puerta al descubrimiento del Nuevo Mundo. Pero, por otra parte, también han generado no pocas polémicas historiográficas al analizar el texto. Como podemos comprobar se concedían mercedes en satisfacción a lo que se había descubierto. ¿Significa eso que había habido un viaje anterior? Además, los monarcas se autotitulaban como señores de las “Mares Océanos”, pero debemos recordar que el Tratado de Acaçovas con Portugal daba a su Corona el derecho sobre el sur y el resto del mar.

Pero, quizás, la cuestión más importante tenga que ver con las concesiones reales, ya que, sin duda, eran en extremo generosas, y que contradecían con la política desarrollada por los Reyes Católicos en un sentido centralizador y contrario a la profusión anterior de mercedes. Precisamente por todo esto, a partir de 1508 se plantearon los casi interminables Pleitos Colombinos entre los descendientes de Colón y la Corona, ya que los primeros pretendían que se mantuviese lo estipulado en las Capitulaciones, ya que la Corona, ante la magnitud en todos los sentidos de lo descubierto, se desdijo. Así pues, si las Capitulaciones se consideraban un contrato, los descendientes podían reclamar lo que no se había cumplido, pero si se interpretaba como un conjunto de concesiones reales, los reyes podían anularlas en virtud de su potestad.

Después de muchas peripecias en los tribunales, en 1536 se estableció un laudo arbitral entre Luis Colón, nieto del descubridor y Carlos V. La familia Colón renunciaba a los privilegios de las Capitulaciones a cambio de una renta a perpetuidad, y un conjunto de títulos.

Texto:

"Las cosas suplicadas es que Vuestras Altezas dan y otorgan a don Cristóbal de Colón, en alguna satisfacción de lo que ha descubierto en las Mares Océanos y del viaje que ahora, con el ayuda de Dios, ha de hacer por ellas en servicio de Vuestras Altezas, son las que se siguen.

Primera mente que Vuestras Altezas como Señores que son de las dichas Mares Océanos hacen desde ahora al dicho don Cristóbal Colón su almirante en todas aquellas islas y tierras firmes que por su mano o industria se descubrirán o ganarán en las dichas Mares Océanos para durante su vida, y después del muerto, a sus herederos y sucesores de uno en otro perpetuamente con todas aquellas preeminencias y prerrogativas pertenecientes al tal oficio, y segundo que don Alfonso Enríquez, Almirante Mayor de Castilla, y los otros sus predecesores en el dicho oficio, lo tenían en sus distritos. Place a Sus Altezas. Juan de Coloma.

Otrosí que Vuestras Altezas hacen al dicho Cristóbal su Virrey y Gobernador General en todas las dichas tierras firmes e Islas que como dicho es él descubriere o ganare en las dichas mares [...]. Place a Sus Altezas. Juan de Coloma.

Item que de todas y cualesquiera mercadurías, sean perlas, piedras preciosas, oro, plata, especiería, y otras cualesquiera cosas y mercadurías de cualquiera especie, nombre y manera que sean, que se compraren, trocaren, hallaren, ganaren y hubieren dentro en los límites de dicho Almirantazgo, que desde ahora Vuestras Altezas hacen merced al dicho don Cristóbal y quieren que haya y lleve para sí la decena parte de todo ello quitadas las costas todas que se hicieren en ello por manera que de lo que quedare limpio y libre, haya y tome la dicha décima parte para sí mismo, y haga ello a su voluntad, quedando las otras nueve partes para Vuestras Altezas. Place a Sus Altezas. Juan de Coloma. [...].

Yo el Rey. Yo la Reina. Por mandato del Rey y de la Reina. Juan de Coloma.»

(En el Archivo General de Indias, Indiferente General, legajo 418)

Doctor en Historia. Autor de trabajos de investigación en Historia Moderna y Contemporánea, así como de Memoria Histórica.

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