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El absolutismo monárquico y el Decreto de Nueva Planta en Cataluña. I


(Tiempo de lectura: 2 - 4 minutos)

La llegada de los Borbones introdujo un cambio fundamental en la organización territorial de la Monarquía porque supuso el triunfo del centralismo absoluto y uniformador en España, frente al modelo anterior de los Austrias. El principal instrumento para conseguirlo fueron los Decretos de Nueva Planta.

Los reinos y territorios de la Corona de Aragón vieron abolidos sus fueros e instituciones. Se implantó un modelo absoluto y centralista, de raíz francesa, y que no había existido anteriormente en la Monarquía Hispánica, un conglomerado de estados y reinos con sus instituciones y ordenamientos jurídicos propios que eran respetados por la Corona, como habían establecido, realmente, en el pasado los Reyes Católicos. Parece evidente que estos Decretos se impusieron como represalia por la oposición de estos reinos al nuevo rey, pero también el primer Borbón tenía muy claro que había que imponer una nueva forma de gobernar y administrar la Monarquía, en línea con lo que había implantado su abuelo desde Versalles, una vez que consiguió estabilizar su poder después de las Frondas. Por otro lado, el impulso centralizador borbónico no llegó a las provincias vascas ni a Navarra, ya que se respetaron sus fueros e instituciones porque ambos territorios habían sido fieles a la causa de Felipe V.

En 1707 se implantó el primero de los Decretos de Nueva Planta sobre Aragón y Valencia, después de la batalla de Almansa. La disposición establecía la legislación y el aparato institucional castellano. En 1715 se promulgó el Decreto que se aplicó a Mallorca, que pudo conservar algunas instituciones. Por fin, a principios del año siguiente, se promulgó el Decreto de Nueva Planta para Cataluña, que perdió todas sus instituciones y fueros-

Desapareció la figura del virrey, propia de los Austrias, con orígenes medievales, sustituyéndose por la de capitán general, que aunaba competencias gubernativas con otras militares. Además, se establecieron las audiencias, encargadas de asesorar al capitán general e impartir justicia. Lo más genuinamente francés fue la figura del intendente, también aplicada en Castilla, un funcionario encargado del fomento económico del territorio que administraba, acumulando otras competencias en materia de hacienda, milicias, justicia, inspección de otras autoridades y obras públicas.

Otro aspecto fundamental en la centralización borbónica fue el fiscal. Se impuso un sistema de contribución única. Cada reino debía recaudar una cantidad fija, según su peso demográfico y riqueza: la Talla en Mallorca, la Contribución Única en Aragón, el Catastro en Cataluña y elEquivalente en Valencia.

La uniformidad llegó también a las lenguas. A partir de entonces en la administración de la Monarquía solamente se pudo emplear el castellano. En todo caso, se dieron algunas concesiones como el mantenimiento del derecho civil catalán.

En el proceso de elaboración del Decreto de Nueva Planta a aplicar a Cataluña surgieron, en principio, propuestas muy radicales, como la defendida por el fiscal del Consejo de Castilla, Melchor de Macanaz, que se había distinguido en la represión de los austracistas del Reino de Valencia. Muy extremistas fueron también las ideas del obispo de Segorbe, Diego Muñoz. Al final, la elaboración del Decreto fue encomendada a un jurista catalán, pero favorable al rey Felipe, Francesc Ametller, que se opuso a que se igualaran todas las leyes a las de Castilla porque eso generaría, a buen seguro, confusión. También participó intensamente en su elaboración el intendente José Patiño. Para éste el objetivo era que la autoridad real quedase por encima de la ley y que la Monarquía recuperase la potestad de dispensar gracias y oficios y la de obligar a tributar a los vasallos. Patiño no tenía una opinión muy favorable de los catalanes porque consideraba que eran amantes de la libertad, aficionadísimos a las armas, coléricos con facilidad, rijosos y hasta vengativos, por lo que siempre había que recelar de los mismos. Además, serían “apasionados de su patria” de una forma tal que se les trastornaba la razón, y solamente hablaban su lengua nativa.

Uno de los temas de debate en este proceso fue si había que derogar el derecho civil catalán como se había hecho en Valencia, pero el propio Patiño, a pesar de sus opiniones sobre los catalanes, consideró que era innecesario porque, en realidad, eso no afectaba al Estado ni a las regalías, que eran los derechos del rey. De la misma opinión, como hemos aventurado, era Ametller. En realidad, no se derogó porque de haberlo hecho se podrían haber generado muchos problemas y hasta un cierto caos porque este derecho afectaba a la actividad económica y a las relaciones personales, como los matrimonios, o las herencias. Parecía muy complicado suprimir de un plumazo el derecho catalán e imponer el castellano.

Doctor en Historia. Autor de trabajos de investigación en Historia Moderna y Contemporánea, así como de Memoria Histórica.

Premio Mejor Aliado 2024 de la Asociación Blanco, Negro y Magenta.

 

 

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