El General Saliquet y la represión de la masonería
- Escrito por Pablo Bahillo Redondo
- Publicado en Cultura
Andrés Saliquet Zumeta nació en la ciudad de Barcelona el 21 de marzo de 1877. Era hijo de un coronel de caballería, su abuelo y bisabuelo también fueron militares. Con 16 años Ingresó en la Academia de Infantería de Toledo el 29 de agosto de 1893 y en ella se licenció, con el empleo de segundo teniente, el 24 de junio de 1895. Con esta graduación comenzó su carrera militar en Puerto Rico, en el regimiento de León, siendo después trasladado a Cuba. En 1897 ascendió al grado de primer teniente, participando en las guerras de Marruecos. Más adelante, estuvo destinado en la zona de reclutamiento de Madrid y en el Regimiento de San Fernando. En 1901 ascendió al grado de capitán y fue destinado al batallón de Cazadores de Barbastro. En 1911 ya era comandante y en 1914 teniente coronel. Más adelante le destinaron a la Caja de Recluta de Manresa y al batallón de cazadores de Alba de Tormes con el que participó, en el mes de agosto de 1917, en el aplastamiento de la huelga general revolucionaria en la ciudad de Barcelona.
En 1918 ascendió a coronel. En 1920 fue destinado a Marruecos donde participó en las campañas militares del norte de Africa ( Ceuta, Melilla, Tetuán y Larache ). En 1923 ascendió a general de Brigada y durante la Dictadura de Miguel Primo de Rivera fue nombrado, en 1928, Gobernador Civil de Santander. El 26 de julio de 1929 ascendió a general de División. Estuvo como Gobernador Militar de Cádiz desde el 8 de febrero de 1930 hasta el 13 de mayo de 1931.
El doctor Arturo García Álvarez-Coque, en su tesis doctoral titulada: " Los militares de Estado Mayor en la Guerra Civil española ( 1936-1939 ) ", nos señala que la llamada Ley de Retiros de Azaña ( Decreto de 25 de abril de 1931 ), establecía la posibilidad de retiro voluntario de jefes y oficiales, disfrutando de sueldo íntegro (1) El general Saliquet aceptó el retiro y pasó a la reserva.
El general Nicolás Molero Lobo (1870-1947) fue ministro de la Guerra desde el 14 de diciembre de 1935 hasta el 19 de febrero de 1936. Tras su cese fue destinado al mando de la VII División Orgánica, en la ciudad de Valladolid. El 18 de julio, estando convaleciente de una operación, se encontraba en su despacho de Capitanía General junto a sus ayudantes, los comandantes Ángel Liberal Travieso y Ruperto Rioboo. A las diez y media de la noche , el general Saliquet, acompañado por varias personas ( la mayoría militares ), acudió al despacho del general Molero y le ordenó que declarase el Estado de Guerra. El general Molero se negó y tras una tensa y violenta discusión, el comandante Rioboo disparó contra las personas que acompañaban al general Saliquet. A consecuencia de los disparos murió el abogado de Renovación Española Emeterio Estefanía, quedando herido en una pierna el teniente coronel Uzquiano. El fuego fue respondido y dejó sin vida al comandante Ruperto Rioboo. El comandante Ángel Liberal Travieso resultó herido y murió poco después a consecuencia de los disparos. También sufrió heridas, aunque de carácter leve, el general Nicolás Molero que, de este modo tan violento, fue apresado y depuesto de su cargo. (2)
El general Saliquet se hizo con el mando de la Séptima División, en la noche del 18 de julio, por lo que la ciudad de Valladolid fue la primera capital donde triunfó la sublevación en la Península.
A las dos de la madrugada del 19 de julio, el general Saliquet firmó un bando declarando el Estado de Guerra. A partir del momento en que se proclamó la Ley Marcial, en todas las ciudades y pueblos que estaban bajo la jurisdicción militar de la Séptima División, se produjo una intensa y violenta represión sobre militantes y simpatizantes republicanos, masones, y afiliados a sindicatos y partidos de izquierda. Cientos de personas fueron fusiladas, asesinadas, detenidas y depuradas. En la ciudad del Pisuerga, los fusilamientos tuvieron lugar en el Campo de San Isidro, situado en las afueras de la ciudad y, durante un tiempo, las ejecuciones pudieron ser presenciadas por los vecinos de Valladolid, que en ocasiones iban acompañados por niños de corta edad. La Junta de Defensa Nacional, presidida por el General Cabanellas, se constituyó en la ciudad de Burgos. El general Saliquet fue nombrado vocal miembro de esta Junta y formó parte del grupo de generales que, en el mes de septiembre de 1936, eligieron al general Franco como Jefe del Estado y " Generalísimo " de los Ejércitos.
Durante la guerra civil fue jefe del I Cuerpo de Ejército, manteniendo un frente de más de 600 k, continuando también al mando de la Séptima División. El 4 de junio de 1937 fue nombrado Comandante en Jefe del Ejército del Centro.
Finalizada la guerra, el 17 de mayo de 1939, fue ascendido a Teniente General y el 5 de julio se le nombró Capitán General de la I Región Militar ( Madrid ). El 21 de julio sustituyó al general Queipo de Llano al frente de la II Región Militar ( Sevilla ), para volver, el 19 de agosto, a tomar el mando de la Capitanía General de Madrid. Por Decreto de 15 de marzo de 1940, firmado por Franco, se le concedió la Medalla Militar (3).
El pasado mes de marzo se cumplieron 80 años de la promulgación de la Ley 1 de marzo de 1940 sobre represión de la masonería y el comunismo. (4) Esta ley, que consta de catorce artículos, va precedida de un extenso preámbulo. El artículo doce señala que debe crearse un Tribunal especial para reprimir a los miembros de estas dos organizaciones y que tiene que designarse a las personas que deben constituir el Tribunal. Tres meses después de la publicación de la ley, en virtud de lo establecido en su artículo doce, Francisco Franco firmó, el 4 de junio de 1940, un breve Decreto por el que, en primera instancia, se creaba oficialmente el Tribunal especial para represión de la masonería y el comunismo ( TERMC ). Seguidamente, en el Decreto se designaba a las cinco personas que debían constituir el Tribunal: Un Presidente, un General del Ejército, un " Jerarca " de la Falange Española Tradicionalista y de las JONS y dos letrados. Todos ellos " designados libremente por el Jefe del Estado ". (5)
El TERMC, que dependía de la Presidencia del Gobierno, formaba parte de las veinticinco jurisdicciones especiales que hubo durante el régimen de Franco. Estaba destinado, junto al Tribunal de Responsabilidades políticas y los Tribunales militares, a la persecución de toda persona que militara en organizaciones contrarias al nuevo Estado, en este caso masones y comunistas.
Para presidir el Tribunal, Francisco Franco designó al carlista Marcelino de Ulibarri y Eguilaz; como General del Ejército al General de Brigada Francisco de Borbón y de la Torre; como " Jerarca " de Falange Española Tradicionalista y de las JONS, al carlista Juan Granell Pascual; y como letrados a Isaías Sánchez Tejerina, catedrático de Derecho Penal y al jurista Antonio Luna García.
Diez meses después, el Decreto de 31 de marzo de 1941 firmado por Franco (6), reorganizó y modificó la composición del TERMC. Cesó como presidente Marcelino Ulibarri y Franco designó para este cargo al Teniente General Andrés Saliquet y Zumeta. En el Decreto también fueron cesados Juan Granell Pascual, Isaías Sánchez Tejerina y Antonio Luna García, a los que se les agradeció los servicios prestados. Como vicepresidente del Tribunal se nombró a Wenceslao González Oliveros, catedrático de Filosofía del Derecho, que presidía, al mismo tiempo ,el Tribunal Nacional de Responsabilidades Políticas.(7) Como General del Ejército continúo Francisco María de Borbón y de la Torre (que había ascendido a General de División) (8) Para el puesto reservado a un "Jerarca " de la Falange Española Tradicionalista y de las JONS , se designó al carlista Marcelino Ulibarri y Eguílaz, que de este modo continuó siendo miembro del TERMC, pero ahora en el puesto de vocal ponente.(9) El cargo de letrado lo ocupó Juan José Pradera Ortega (10) y el de secretario Francisco Torregrosa Sastres. Como vocal suplente se designó, al General de División, Ricardo de Rada y Peral.(11)
El TERMC comenzó a actuar el 5 de mayo de 1941. Los Sumarios se elaboraban mediante la instrucción de dos Juzgados especiales ( en febrero de 1942 se añadió un tercer Juzgado que se encargó de los delitos de comunismo ). Los jueces titulares de los Juzgados especiales fueron Jesús Riaño Goiri y Felipe Rodríguez Franes ( que el 7 de agosto fue sustituido por el juez del número 2) Tomás Pereda Iturriaga. Los fiscales eran Ramón Orbe Bustamante y Leopoldo Ruidobro.(12) El primer secretario fue Tomás Marco Garmendia. Los jueces y fiscales adscritos al TERMC se desplazaban a distintas localidades para incoar los sumarios correspondientes. (13).
Guillermo Portilla Contreras, Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Jaén, ha estudiado en profundidad los diversos aspectos jurídicos relacionados con el TERMC. Así lo podemos leer en su libro " La consagración del Derecho penal de autor durante el franquismo ". En un artículo titulado " Colaboración de la Iglesia católica en la represión penal de la masonería y el comunismo durante el franquismo ", el doctor Portilla nos señala que " la Iglesia católica colaboró, de modo muy cercano, con el Estado, en la persecución y delación de los masones " y que " por eso puede comprenderse que la obstinación permanente del TERMC por desenmascarar el odio masónico a la Iglesia católica obedeciera, sin duda, a la firme tendencia de la mayoría de las logias a censurar los privilegios eclesiásticos y asumir la defensa de una sociedad laica". " Ya desde las primeras sentencias dictadas en 1941, el Tribunal quiso demostrar que la principal finalidad de la masonería es la destrucción de la Iglesia Católica ".
"El posicionamiento de la Iglesia católica a favor de los golpistas y su injerencia en una gran parte de los procesos contra masones puede comprobarse en multitud de sentencias." El doctor Portilla destaca " las diversas pruebas documentales que muestran sobradamente la continuada intervención de la Iglesia en la labor investigadora del TERMC ". " Una lectura detallada de las sentencias del TERMC entre 1941 y 1958 confirma que la Iglesia colaboró estrechamente con él, preparaba informes sobre las cualidades morales de los procesados, comunicaba al Tribunal si el sujeto había abjurado de sus errores o no, si se caracterizaba por una buena conducta pública o privada, etc. Eso sí, el informe era demoledor, por lo negativo, cuando afectaba a masones fieles a la República y protector cuando el masón era de derechas"(14)
El doctor Eduardo Alfonso, que fue juzgado y condenado por el TERMC, nos describe su juicio ( que duró 14 minutos ) en su libro " La masonería española en presidio ": " El juicio se celebraba a puerta cerrada ( solos el Tribunal y el acusado ) y no teníamos derecho a la defensa por medio de un abogado. En la más espantosa indefensión, humillados por los ataques de todos los componentes del Tribunal, carentes la mayor parte de técnica de defensa jurídica y, por regla general, en un estado de ánimo deprimido, comparecíamos en un banquillo situado en medio de la sala, frente a los nuevos inquisidores ". Durante el juicio, el general Saliquet, presidente del TERMC, le dijo al doctor Alfonso: " Usted que es un hombre bien preparado, debe saber que la Masonería está excomulgada por la Iglesia ", preguntándole a continuación si se confesaba y comulgaba. El Dr. Alfonso le respondió: " No señor, yo soy un hombre de espíritu religioso, pero no beato. Estudio la Religión y la siento pero no practico ningún ritual ". A continuación, el fiscal, tras reprocharle no haberse retractado ni reconciliado con la Iglesia, pidió que se le condenase a dieciséis años de reclusión mayor.(15)
El hispanista Paul Preston calificó al TERMC como " infame Tribunal "(16) y para Juan Carlos Ferré Olivé, Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Huelva : " Este Tribunal, de aplicación retroactiva, complementó a los tribunales castrenses, contando con competencias para imponer auténticas penas privativas de libertad de muy larga duración. Se trataba de una reedición del Tribunal del Santo Oficio, fundamentalmente por sus procedimientos inquisitivos e ideología: no existía asistencia letrada, las actuaciones eran secretas, se podía condenar en rebeldía , en síntesis, no existían garantías de ninguna naturaleza ". En este marco jurídico, un sujeto podía ser imputado por los mismos hechos ante varios de estos tribunales, violándose el principio fundamental " non bis in idem ". (17)
El doctor Portilla nos relata que, al principio, el TERMC se reunía dos veces por semana y que pasados unos meses las reuniones aumentaron a tres por semana, viéndose en cada reunión 30 procesos ( una media semanal de 90 vistas y resoluciones ) El juicio era una pantomima que duraba unos minutos y en el que la ausencia de reglamento interno, principios procesales y garantías jurídicas era la norma general. A la ausencia de un sustento procesal penal, a la falta reiterada de garantías penales ( asistencia letrada, presunción de inocencia, derecho a no declarar contra sí mismo, principio de irretroactividad de la ley penal, etc.. ) debe agregarse el secreto en las actuaciones del Tribunal.
La armonía entre la Fiscalía y el Tribunal fue casi absoluta, como lo demuestra que la mayoría de las condenas del TERMC coincidieran con la petición incial del Ministerio Fiscal. (18)
El general Saliquet fue Consejero de Estado y Procurador en Cortes. Entre 1945 y 1946 ocupó la presidencia del Consejo Supremo de Justicia Militar.
En 1950 Franco le concedió el título de Marques de Saliquet. Murió en Madrid el 23 de junio de 1959, con 82 años de edad, presidiendo todavía el Tribunal Especial para la represión de la masonería y el comunismo.
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(1) García Álvarez-Coque, Arturo. Tesis doctoral : " Los militares del Estado Mayor en la Guerra Civil Española (1936-1939 ) ". Madrid 2018. Universidad Complutense de Madrid. Facultad de Geografía e Historia. Departamento de Historia Contemporánea.
(2) Blázquez Miguel, Juan. Nicolás Molero Lobo, en Real Academia de la Historia. Diccionario Biográfico electrónico ( http://dbe.rah.es/ ). De esta biografía se ha extractado, para este artículo, lo referente al general Nicolás Molero Lobo.
Las personas que acompañaron al general Saliquet durante la entrevista con general Molero fueron: el general Miguel Ponte, el teniente coronel Enrique Uzquiano, los comandantes Luis Martín Moltalvo y anselmo López Maristany, el capitán José Artieda López, los tenientes Gonzalo Silvela y Ramón Cuadra; y el miembro de Renovación Española, el abogado señor Estefanía.
(3) BOE del 26/03/1940. Pág. 2052 ( El texto del Decreto es totalmente hagiográfico )
(4) BOE nº 62. de 02/03/1940. pp.1.537 a 1.539. Referencia BOE-A-1940-2123
(5) BOE nº 158. de 06/06/1940. p.3.893. Decreto dado en El Pardo el 4 de junio de 1940. Referencia BOE-A-1940-5565
(6) BOE nº 91. de 01/04/1941. p. 2.171. Referencia BOE-A-1941-3040
(7) Wenceslao González Oliveros fue nombrado presidente del Tribunal de Responsabilidades Políticas ( TRRPP ) el 21/12/1940 ( tres meses antes de su nombramiento como vicepresidente del TERMC ). Presidió el TRRPP hasta abril de 1945. A partir de 1948 presidió el Consejo Nacional de Educación.
(8) En enero de 1941 se le nombró General de División.
(9) Marcelino Ulibarri presidía, al mismo tiempo, la Delegación del Estado para la recuperación de Documentos, desde la que a través de la Sección de " Servicios Especiales " aportaba al TERMC todos los documentos, informes y certificaciones existentes en el Archivo. En 1942 Ulibarri solicitó el cese como Delegado del Estado para la Recuperación de Documentos y como vocal del TERMC ( Portilla, Guillermo. Libro: " La consagración del Derecho Penal de autor durante el franquismo " pp.45-46 )
(10) Pradera Ortega era doctor en Derecho. Fue jefe provincial de FET y de las JONS en Guipúzcoa; Delegado Nacional de Prensa y Propaganda del Movimiento y director del diario madrileño " Ya " desde 1939 a 1952. También fue embajador de España en Siria, Túnez e Irlanda.
(11) Ricardo Rada Peral, estuvo al mando de la 6ª y la 1ª Banderas de la Legión y fue el primer Jefe militar que desembarcó en Alhucemas. Desde 1934 fue instructor militar de falangistas y requetés. En la noche del 18 al 19 de julio concentró en Pamplona a 10.000 requetés navarros. Finalizada la guerra fue Capitán General de la II Región Militar , primer General Jefe de la División Acorazada Brunete y director del Museo del Ejército.
(12 y 13) Portilla Contreras, Guillermo . Libro :" La consagración del Derecho penal de autor durante el franquismo. El Tribunal Especial para la Represión de la Masonería y el Comunismo". Granada. Comares.2009. ISBN 978-84-9836-6747. (12) Sobre la designación de Ricardo Rada Peral como vocal suplente: Informe de la Secretaría del Tribunal. Memoria de 31/12/1941. ) p.45 del libro. (13) Sobre el comienzo de la actuación del TERMC p.45 del libro.
(14) Portilla Contreras, Guillermo. Artículo de Revista : " Colaboración de la Iglesia católica en la represión penal de la masonería y el comunismo durante el franquismo ". Revista Penal México. ISSN 2007-4700 Nº3, 2012, págs 193-201
(15) Alfonso, Eduardo. Libro: " La masonería española en presidio ". E.L.A. Ediciones Librería Argentina. Colección La Escuadra y el compás. ISBN Nº 978-84-9950-000-3. pp.64-66.
(16) Preston, Paul. Libro: " El holocausto español. Odio y exterminio en la guerra civil y después ". 2011. Edición de bolsillo 2013. ISBN: 978-84-9989-481-2. p.636.
(17) Ferré Olivé, Juan Carlos. " Universidad y Guerra Civil. Lección inaugural Curso Académico 2009-2010. Universidad de Huelva. ISBN 978-84-92679-34-8. p.16
(18) Portilla Contreras, Guillermo. Libro: " La consagración del Derecho penal de autor durante el franquismo. El Tribunal Especial para la Represión de la Masonería y el Comunismo " Granada.Comares.2009. ISBN 978-84-9836-674-7. pp. 49-58
Pablo Bahillo Redondo
Es Licenciado en Medicina y Cirugía por la Universidad de Valladolid. DEA en Farmacología por la Universidad de Valladolid. Médico. Actualmente Doctorando en Historia Contemporánea en la Universidad de Extremadura. Coautor junto con Victor Berástegui y Juan Antonio Sheppard del libro "Masonería. Todo lo que siempre has querido saber sobre esta Institución" ( Editatum ). 2019. Ha presidido la Gran Logia General de España y el Supremo Consejo de España.