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La comparecencia del presidente Sánchez ante la comisión de investigación del Senado


(Tiempo de lectura: 4 - 7 minutos)

La próxima semana, a petición del Grupo Parlamentario Popular del Senado, el Presidente Sánchez comparecerá ante la Comisión de Investigación del “caso Koldo”, es decir la “Comisión de Investigación sobre los contratos, licencias, concesiones, ayudas y otras operaciones del Gobierno y del sector público, relacionadas con la intermediación de Koldo García Izaguirre y con las demás personas vinculadas a la trama investigada en la Operación Delorme, y respecto a los presuntos delitos relativos a la corrupción que tengan una relación, directa o indirecta, o conexión con las mismas” que es la denominación que tiene en la actualidad. Sin perjuicio de comentar la comparecencia, la mera petición ofrece puntos dudosos que merecen analizarse desde ahora porque ya causan perplejidad.

El primer tema a comentar es el cambio de objeto de la Comisión. El Pleno del Senado, el 14 de marzo de 2024, acordó crear “una Comisión de Investigación sobre los contratos públicos realizados durante la pandemia de Covid-19 relacionados con la intermediación de Koldo García Izaguirre, así como otros posibles casos de corrupción derivados de la trama investigada en la Operación Delorme” (Boletín Oficial de las Cortes. Senado, XV Legislatura, núm. 73, 16 de marzo de 2024). Un mes y diez días después el Pleno del Senado acordó “actualizar” el objeto de la Comisión que pasó a ser “Comisión de Investigación sobre los contratos públicos realizados durante la pandemia de Covid-19, relacionados con la intermediación de Koldo García Izaguirre, así como los posibles casos de corrupción que, directa o indirectamente, tengan relación con las actividades y contactos de las personas que forman parte de la trama investigada en la Operación Delorme” (Boletín Oficial de las Cortes. Senado, XV Legislatura, núm. 93, 29 de abril de 2024).

Posteriormente, por acuerdo del Pleno de 13 de noviembre, el Senado volvió a “ampliar” el objeto de la Comisión, dándole la denominación que hoy tiene. Estos cambios del objeto de la Comisión son sospechosos y recuerdan cómo el Magistrado Peinado va cambiando los delitos sobre los que investiga a la esposa del Presidente del Gobierno. Si no se puede acreditar un delito, busquemos otro, que el Código Penal ofrece un elenco muy amplio, rico y variado. Con las Comisiones de Investigación se puede decir otro tanto, si el objeto a investigar no ofrece materia acusatoria suficiente para derribar al Gobierno (que es lo que infructuosamente pretende el Partido Popular), se cambia el objeto de la Comisión cuantas veces haga falta. Esos cambios, dichos en términos coloquiales, huelen mal, se alejan de la seguridad jurídica, denotan más voluntad persecutoria que de Justicia y nos muestran que el Partido Popular está utilizando el Senado como atalaya desde donde hacer la guerra al Gobierno. Aquí tenemos la primera perplejidad de un asunto que la derecha española está haciendo turbio, como todo lo que toca.

La segunda perplejidad es la forma que tuvo el Presidente Sánchez de enterarse que iba a ser convocado. En una sesión de control del Congreso de los Diputados (no del Senado) Núñez Feijóo, con el odio que ya se ha instalado en su rostro, informó al Presidente Sánchez de que se le iba a convocar. Núñez Feijóo hubiera debido ser llamado a la cuestión por la Presidenta del Congreso porque, preguntara lo que preguntara al Presidente del Gobierno, el anuncio era inadecuado a fortiori, ya que el político gallego no forma parte del Grupo Parlamentario Popular del Senado. Pero al Presidente del Partido Popular le pudieron las ganas de hacer daño, de sorprender con una puñalada por la espalda… Pero hace daño quien puede, no quien quiere.

La tercera perplejidad, la más intensa, es de carácter constitucional. ¿Puede una Comisión de Investigación de las Cortes citar a comparecer al Presidente del Gobierno? Digamos, de entrada, que quien conozca la Constitución no puede mirar con simpatía este tipo de iniciativas que, por otra parte, nunca se habían ejercitado. Por varios motivos nada baladíes.

En primer lugar por el riesgo seguro de transformar la comparecencia en un debate de política general o, lo que es peor, en una acusación contra el Presidente del Gobierno. Es muy fácil (y de hecho, es muy posible) que los representantes de los Grupos Parlamentarios de la oposición aprovechen el minuto de gloria, bien para provocar un debate general, bien para acusar, incluso penalmente, al Presidente del Gobierno. Pero una Comisión de Investigación no es la sede de esos debates, ni menos aún un foro para desprestigiar al Presidente. El Presidente de la Comisión puede impedir esas conductas, pero en este caso es dudoso que lo impida. Esta posibilidad, tan real, nos muestra que la Comisión puede ser utilizada con fines fraudulentos y torticeros.

En segundo lugar, ese tipo de comparecencias no es acorde con la posición constitucional del Presidente del Gobierno. A diferencia de la mayoría de los comparecientes en este tipo de Comisiones, el Presidente está sometido a diversos secretos (los secretos oficiales así declarados, las deliberaciones del Consejo de Ministros, las informaciones que reciba de los Ministros de Interior, de Defensa o del CNI), por lo que cualquier pregunta que reciba puede no ser contestada. ¿Explicando que es materia reservada? Si lo explica, malo, pero si no lo explica peor.

La comparecencia de un Presidente en una Comisión de Investigación es de difícil calificación jurídica porque es un caso donde confluyen conocimientos muy especiales sobre cualquier materia y su preeminencia, derivada del principio de canciller que puede verse lesionado, con o sin intención (en el caso de los Senadores del Partido Popular, seguro que con intención). El artículo 1.1 de la Ley Orgánica 5/1984, de mayo, de comparecencia ante las Comisiones de Investigación del Congreso y del Senado o de ambas Cámaras, prevé que los comparecientes acudan “para informar” y parece que, salvo que sean acusados en un procedimiento penal paralelo, no deben mentir ni ocultar información, pero, como acabamos de ver, el Presidente dispone de información reservada que en ningún caso puede hacer pública. Y da lo mismo el objeto de la investigación porque, sea cual sea la materia a investigar, el Presidente siempre puede disponer de alguna información.

Es cierto que la Constitución, en su artículo 74.2, establece la obligatoriedad de comparecer a este tipo de Comisiones y que, en desarrollo de este precepto, el Reglamento del Senado, en sus artículos 59 y 60, las regula y se refiere a “cualquier persona”, como lo hace también la citada Ley Orgánica 5/1984, de mayo, que especifica que están obligados a comparecer todos los ciudadanos españoles y los extranjeros que residan en España. Pero caben excepciones y hay lagunas.

Dicha Ley Orgánica 5/1984, de mayo, se remite a los Reglamentos de ambas Cámaras para organizar el desarrollo del acto, pero estos no van más allá, por lo que cabía la posibilidad de que tanto la Mesa del Senado como la Mesa de la propia Comisión de Investigación hubieran dictado una norma supletoria para cohonestar la finalidad de la Comisión, con la especial posición del Presidente que no debe someterse a un espurio debate de control parlamentario. En este caso estaba justificado que el Presidente se sometiera a una comparecencia por escrito, por medio de un cuestionario, porque su posición constitucional no es igual que la de un particular o incluso de un cargo de la Administración.

Nada de eso se hará porque los populares del Senado quieren sangre, pretenden humillar al Presidente (como lo han intentado algunos Jueces) y que aparezca ante la opinión pública como cómplice de la corrupción. Por eso es una cuestión a estudiar y, cuando sea posible, reformar la Ley del Gobierno (y de paso, la Ley Orgánica 5/1984, de mayo), exonerando al Presidente de comparecer ante las Comisiones parlamentarias de Investigación.

Subsecretario de Cultura y Deporte, Director general de Reclutamiento y Enseñanza Militar en el Ministerio de Defensa, Subdelegado del Gobierno en la Comunidad de Madrid, Secretario General Técnico de los Ministerios de Vivienda, Presidencia y Relaciones con las Cortes, Delegado de España en la primera reunión Intergubernamental de expertos sobre el anteproyecto de convención para la salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial, organizada por la UNESCO, en los años 2002 y 2003.

Fue fundador y director del anuario Patrimonio Cultural y Derecho desde 1997. Hasta la fecha ha sido también vicepresidente de Hispania Nostra, Asociación para la defensa y promoción del Patrimonio Histórico.


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