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ASPAC reclama cambios en la Ley Concursal cuatro años después de su entrada en vigor


(Tiempo de lectura: 3 - 5 minutos)
  • La Asociación de Administradores Concursales y Expertos en Reestructuración e Insolvencia considera que la reforma ha consolidado avances relevantes en materia de reestructuración, pero mantiene importantes retos en su aplicación práctica.
  • ASPAC insiste en la necesidad de aprobar el Estatuto del Administrador Concursal para reforzar la profesionalización, la transparencia y la seguridad jurídica del sistema.
  • Manuela Serrano, presidenta de la Asociación, recuerda que los concursos sin masa y los procedimientos especiales para microempresas siguen evidenciando carencias que deben corregirse para garantizar una gestión eficaz de la insolvencia.

Este mes se cumplen cuatro años de la entrada en vigor de la reforma de la Ley Concursal. Para la Asociación de Administradores Concursales y Expertos en Reestructuración e Insolvencia, ASPAC, este aniversario constituye una oportunidad para hacer balance de una norma que introdujo cambios significativos en el sistema concursal español, pero que todavía requiere desarrollos y ajustes para alcanzar plenamente sus objetivos.

Desde su entrada en vigor en septiembre de 2022, la reforma ha supuesto un cambio relevante en la forma de abordar las situaciones de insolvencia, especialmente por la incorporación de los planes de reestructuración como instrumento para actuar en fases tempranas y evitar que empresas viables terminen en concurso. Esta herramienta ha demostrado su utilidad en determinados supuestos, al ofrecer mayor flexibilidad y permitir soluciones menos judicializadas.

Este aniversario coincide, además, con la entrada en vigor de la Directiva 2026/799, conocida como Segunda Directiva de Insolvencia, que los Estados miembros deberán transponer antes del 22 de enero de 2029. La norma busca avanzar en la armonización de determinados aspectos del Derecho de la insolvencia en la Unión Europea e introduce un marco común en materias como las acciones rescisorias, el rastreo de activos, los procedimientos de venta prenegociada, los comités de acreedores y la transparencia de las legislaciones nacionales.

La entrada en vigor de esta directiva se produce en un momento en el que España cuenta ya con cuatro años de experiencia en la aplicación de la reforma concursal de 2022, lo que permite analizar con mayor perspectiva su funcionamiento práctico y los desarrollos que siguen pendientes.

Sin embargo, ASPAC considera que el funcionamiento del sistema sigue condicionado por varios retos pendientes. Entre ellos, la evolución de los concursos sin masa, la aplicación práctica de los procedimientos especiales para microempresas, la necesidad de contar con una plataforma digital plenamente operativa y la falta de aprobación del Estatuto del Administrador Concursal, una reivindicación histórica de la profesión.

“Cuatro años después de la entrada en vigor de la reforma, contamos con experiencia suficiente para identificar qué aspectos han funcionado y qué cuestiones siguen pendientes. Es el momento de avanzar en un marco más eficaz, transparente y profesionalizado, que refuerce la seguridad jurídica y responda mejor a la realidad de los procedimientos de insolvencia”, señala Manuela Serrano, presidenta de ASPAC.

Uno de los puntos que sigue generando mayor preocupación es la tramitación de los concursos sin masa. Para ASPAC, su configuración actual puede limitar la supervisión profesional en procedimientos en los que existen intereses relevantes de acreedores y deudores, lo que hace necesario reforzar los mecanismos de control, transparencia y análisis previo.

La Asociación también continúa poniendo el foco en los procedimientos especiales para microempresas, regulados en el libro tercero de la Ley Concursal. Su despliegue práctico sigue vinculado a la necesidad de contar con herramientas digitales plenamente operativas y con un marco que garantice agilidad, eficiencia y seguridad jurídica. A juicio de ASPAC, la exclusión generalizada del administrador concursal en estos procedimientos sigue siendo uno de los elementos que dificulta una gestión adecuada y equilibrada de la insolvencia de las empresas de menor tamaño.

En este contexto, ASPAC considera prioritario avanzar en la aprobación del Estatuto del Administrador Concursal, llamado a regular aspectos esenciales como el acceso a la profesión, la formación, la remuneración, la responsabilidad y el marco de actuación de estos profesionales. Para la Asociación, este desarrollo resulta clave para consolidar una administración concursal más especializada, transparente y alineada con las necesidades reales del sistema.

“La aprobación del Estatuto del Administrador Concursal sigue siendo una pieza clave para consolidar un sistema más sólido, especializado y homologable con los países de nuestro entorno jurídico. No se puede avanzar hacia un modelo concursal más eficaz sin dotar a sus profesionales de un marco claro, estable y adecuado a la responsabilidad que asumen”, concluye Serrano.

--Cuatro años después, el objetivo debe ser avanzar hacia un marco concursal más eficaz, profesionalizado y equilibrado, capaz de preservar empresas viables, ofrecer una segunda oportunidad real y proteger adecuadamente los intereses de acreedores, deudores y profesionales, en línea con la evolución del Derecho europeo de la insolvencia. En este camino, ASPAC también considera necesario revisar cuestiones como la previsión legal de la cuenta de garantía arancelaria nutrida con los honorarios de los propios profesionales, así como avanzar hacia una figura unificada de profesionales de la insolvencia, capaz de abordar de forma integral las dificultades de iliquidez de las empresas y de intervenir desde las fases preconcursales hasta, en caso de que estas no resuelvan la situación, las fases concursales.

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