HEMEROTECA       EDICIÓN:   ESP   |   AME   |   CAT
Apóyanos ⮕

“Los Tribunales de justicia en los Estados son independientes”


“Artículo 91.- Los Tribunales de justicia en los Estados son independientes: Las causas en ellos iniciadas conforme a su procedimiento especial y en asuntos de exclusiva competencia, terminarán en los mismos Estados sin sujeción al examen de ninguna autoridad extraña.”

Constitución de Venezuela. 1864.