Ley de reducción de la Jornada Laboral, avances y vetos
- Escrito por Toni Ferrer
- Publicado en Opinión
En la actual situación de inestabilidad política y con una correlación de fuerzas parlamentarias completamente abierta se está tramitando en el Congreso uno de los compromisos más importantes del Gobierno del PSOE y Sumar para esta legislatura, la reducción la jornada laboral máxima de 40 horas semanales, vigente desde 1983, a 37,5 horas semanales sin reducción salarial. El pasado mes de mayo el Gobierno aprobó el Proyecto de Ley para la reducción de la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo y la garantía del registro de jornada y el derecho a la desconexión. Se prevé que en el mes de julio se voten en el pleno del Congreso las enmiendas a totalidad presentadas por PP, Vox y Junts.
La mesa de diálogo social para la reducción de la jornada laboral, formada por del Gobierno, CEOE, CEPYME, CCOO y UGT, se estuvo reuniendo prácticamente durante todo 2024 y a finales del mes diciembre se alcanzó un acuerdo entre el Ministerio de Trabajo y Economía Social y las organizaciones sindicales, que fue rechazado por las organizaciones empresariales. Según las previsiones del Ministerio de Trabajo y Economía Social esta medida beneficiará a unos 12 millones de personas trabajadoras, especialmente en los sectores con menor cobertura de los convenios colectivos. Actualmente la jornada máxima en cómputo anual es de 1.826 horas y 27 minutos y con la reducción prevista pasaría a ser unas 1.712 horas anuales. Por lo tanto, la reducción del número de horas anuales seria de 114, un 6.24% del total de horas.
Para el Gobierno la reducción de la jornada laboral a 37,5 horas semanales beneficiará el incremento de la productividad y la creación de empleo. Resalta que esta medida que se enmarca en los estándares europeos mejorará la calidad de vida de las personas trabajadoras y favorecerá la conciliación personal, familiar y laboral. En el Anteproyecto se recogían medidas de apoyo a las pymes, que las patronales rechazaron que se podrían recuperar en las negociaciones con los grupos parlamentarios. Se valora la mejora de las condiciones de trabajo con el registro horario digital e interoperable, con acceso desde Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social, con sanciones cuantificadas por empleado y no por empresa y también con el derecho a la desconexión digital, prohibiendo respuestas fuera del horario laboral.
Tanto CCOO como UGT, que representan a más 67% del total de delegados y delegadas elegidas en todo el país, valoran positivamente el Proyecto de Ley, pues recoge el acuerdo del diálogo social alcanzado con el Gobierno y consideran que la reducción de jornada supone un avance social junto a las mejoras en los derechos laborales del registro horario y la desconexión. Estiman que la medida fomentará la igualdad y la conciliación, pues la menor carga de horas de trabajo puede ayudar a redistribuir las tareas domésticas y reducirá la brecha de género, especialmente en el trabajo a tiempo parcial, pues trabajan mayoritariamente mujeres, pues en muchos casos su jornada pasará ser de tiempo completo. También defienden los efectos positivos para la productividad y la creación de empleo.
En cambio, las organizaciones empresariales califican el Proyecto de Ley de intromisión en las competencias propias de la negociación colectiva y lo califican de inconstitucional, cuando ya el Tribunal Constitucional en 1990 confirmó la constitucionalidad de la reducción de jornada de 1983 a las 40 horas. Tachan al proceso de diálogo social de una ficción y acusan al Gobierno de no buscar el consenso entre las distintas posiciones expresadas en la mesa. En algunas estimaciones sectoriales, sobre el impacto de la reducción de jornada, se piensa que los costes laborales aumentarán de forma desorbitada para poder cubrir las necesidades de personal, y entre otras consideraciones, afirman que la productividad es insuficiente para compensar esta medida. Por todo ello las patronales han solicitado a los grupos parlamentarios a que veten el Proyecto de Ley.
Los grupos parlamentarios del PP y Vox que ya habían anunciado su decisión de vetar el Proyecto de Ley, y a ellos se les unió Junts en las enmiendas a la totalidad registradas en el Congreso. Las derechas y las patronales coinciden en los argumentos, pues denuncian que la medida presentada por el Gobierno es una injerencia del Estado, que vulnera el diálogo social y la negociación colectiva, pues consideran que la reducción de la jornada máxima debe negociarse en el marco de los convenios colectivos y no establecerse por una ley. Reiteran de nuevo, ya lo decían del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que la subida de los costes laborales pondrá en riesgo la competitividad empresarial, cuando en realidad han subido los márgenes empresariales de forma relevante. Alertan sobre las dificultades que ley produjera en las pymes, autónomos y en los sectores con márgenes más ajustados. Desde Junts per Cataluña alegan que la medida llega sin consenso territorial ni sectorial y critican que ha sido negociada con los sindicatos estatales, pero la realidad en Cataluña es que CCOO y UGT tienen una representatividad superior al 75%.
No deja de sorprender la denuncia de las derechas acusando de injerencia del Estado en las relaciones laborales y el diálogo social con este Proyecto de Ley, que es fruto del diálogo social y está siendo debatido por todos los grupos parlamentarios. Por el contrario, el Gobierno del PP, con mayoría absoluta, en el 2012 impuso mediante un decreto ley su reforma laboral, sin contar con el diálogo social ni el debate parlamentario. El PP impuso de forma autoritaria un conjunto arbitrario de medidas regresivas y lesivas que recortaron los derechos laborales, incrementaron la precariedad laboral y la desigualdad, aumentaron los poderes empresariales en la negociación colectiva y provocaron la destrucción de empleo, al facilitar los despidos y reducir de las indemnizaciones.
Parece que los promotores de los vetos quieren ignorar que en nuestro sistema normativo las leyes marcan los mínimos y la negociación colectiva en todos los ámbitos (tanto en las empresas como en los sectores) pueden mejorarlos sin contradecir la ley. De hecho, en la actualidad la ley fija como jornada máxima 40 horas semanales y según el registro de convenios colectivos del Ministerio de Trabajo y Economía Social hay 3. 512 convenios con jornada laboral inferior a la máxima legal, con 38,3 horas semanales de media. La legislación faculta a la negociación colectiva a implementar la flexibilidad necesaria en cada sector o empresa, entre otras materias, para determinar la duración, ordenación y distribución del tiempo de trabajo.
Desde el Gobierno, ante la posición de confrontación permanente de PP y Vox, se quiere negociar con Junts su apoyo al Proyecto de Ley, pues si prosperan las enmiendas a la totalidad el texto volvería al Gobierno, lo que retrasaría o podría impedir la entrada en vigor de la ley este año. Los sindicatos anuncian que van a presionar con movilizaciones y llaman a los grupos parlamentarios a facilitar la tramitación para despejar la incertidumbre de cara a los convenios colectivos que se tienen que negociar en 2026 e invocan el respaldo que la gran mayoría de la ciudadanía expresa en las encuestas y otros estudios sobre la implantación de la jornada laboral a 37,5 horas sin disminución del salario.
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