La protección de montes en España. Leyes e Instituciones (I)
- Escrito por Adoración González Pérez
- Publicado en Tribuna Libre
¿Por qué surge la necesidad de proteger la Naturaleza?
Conviene tener en cuenta el discurso que emerge en la época contemporánea en torno a la Naturaleza, concebida ya no solo como un recurso para la explotación, sino también como un medio que debe ser preservado. En este proceso confluyen diversos factores de carácter demográfico, económico, político y cultural. A partir de un determinado momento comenzarán a difundirse conceptos como "áreas protegidas", "espacios protegidos" o "zonas de conservación". Esta nueva concepción obliga a comprender el contexto de crecimiento poblacional y su delimitación geográfica, con el fin de definir el conjunto territorial de un país o nación, cuyo entorno natural constituye una base esencial para su supervivencia.
La evolución de este discurso ha dado lugar a un amplio campo de estudio. Las investigaciones desarrolladas en las últimas décadas han permitido comprender el surgimiento de las áreas protegidas como un fenómeno estrechamente vinculado a los pasos de construcción estatal, al avance del conservacionismo y a las transformaciones sociales y territoriales de la época contemporánea. En este contexto, la historiografía ha puesto de relieve que la protección de la naturaleza no fue el resultado de una decisión aislada, sino de una larga etapa de institucionalización que se materializó en disposiciones legales, reformas administrativas y nuevas formas de intervención pública sobre el territorio. Por ello, resulta pertinente revisar, aunque sea de manera sintética, la evolución del marco normativo desde el siglo XVIII, ya que en él pueden identificarse los antecedentes y la progresiva consolidación de las políticas de conservación que desembocarían en la creación de los primeros espacios protegidos.
¿Cómo evolucionó la intervención del Estado sobre el territorio y los recursos naturales hasta la consolidación de una legislación conservacionista? Debemos considerar en este camino dos momentos diferentes aunque con objetivos coincidentes a largo plazo. De un lado, todo lo que lleva a elaborar una lógica de conservación de la Naturaleza, desde posiciones individuales y colectivas, cuyas raíces se encuentran en el siglo XVIII, o antes; y por otra, el proceso de institucionalización de esas ideas en las políticas públicas y el marco jurídico entre los siglos XIX y XX. Como punto de partida resulta útil tomar como referencia la legislación actualmente vigente en materia forestal, ya que permite identificar los principios que hoy orientan la protección del monte y rastrear su evolución histórica. Los puntos clave de la Ley de Montes se centran en "limpieza del monte, obligaciones de las Comunidades Autónomas, la prohibición sobre recalificación de suelo quemado hasta 30 años después del incendio Sobre la base de este marco jurídico, nuestro propósito es hacer un recorrido del devenir histórico que, a modo de síntesis general, permita comprender las motivaciones que dieron origen a esta legislación, así como su evolución, su legado y sus aportaciones a la sociedad. Dicho recorrido se desarrollará en varias entregas que irán abordando las distintas etapas del proceso.
En el siglo XVIII se pueden encontrar las primeras ideas sobre la conservación de la Naturaleza en España, tal como cita Santamaría Campos, Beatriz (2019), en El inicio de la protección de la Naturaleza en España, Revista Española de Investigaciones sociológicas 168, Universidad de Valencia, aunque como se ha dicho en varios estudios, no haya un discurso estructurado o reglamentado al respecto hasta el siglo XIX. Sabemos también que, desde la Antigüedad se manifestaron recomendaciones y teorías para el cuidado del medio natural del que vivieron y se alimentaron las muchas sociedades y culturas, lo que contribuyó a su vez en una mejora de los métodos de aprovechamiento agrícola, entre otros aspectos. Y si avanzamos en el tiempo, en nuestro cercano contexto histórico, desde la baja Edad Media, y dentro de unos modelos de sociedad estamental con claras delimitaciones jerárquicas, como se ha expresado en ocasiones, la práctica de la caza por parte de la monarquía llevaba a un cierto con normas y criterios adecuados a sus propios intereses.
Pero, en la búsqueda de los principios que motivarían el desarrollo de unas bases jurídicas, acordes a los intereses de un Estado moderno y avanzado, se suele coincidir en el nacimiento y consolidación de un espíritu científico que, vinculado a los conceptos ilustrados del siglo XVIII, iba a generar no solo medidas políticas de servicio público sino un modelo de sociedad implicada en el conocimiento de la Naturaleza como soporte del progreso, y, especialmente en la conservación de sus elementos principales, montes, bosques, especies y demás. Surgieron los denominados "naturalistas" preocupados por la conservación, entre otros Guillermo Bowles o Antonio Ponz, lo que llevará en su momento a la creación de un cuerpo de Ingenieros cualificado como veremos.
Un avance en ese campo fue la publicación de las Ordenanzas de montes y plantíos, de 1748, dictada en el reinado de Fernando VI, bajo el ministerio del Marqués de la Ensenada, que como ejemplo de primeras actuaciones (siempre ligadas al beneficio de la Corona y de marcado intervencionismo estatal) abriría un camino hacia el desarrollo de leyes más amplias en su regulación administrativa, aunque los beneficios no se vieran hasta pasados unos años. A finales de siglo se va a ir manifestando una preocupación mayor, como señaló Luis Urteaga y otros estudiosos del tema (según cita Ramos Gorostiza, J.L. (2005), Revista de Historia Industrial, no 28, Año XIV, de la Universidad Complutense con aportaciones ejemplares, como la del Padre Sarmiento, José Cornide o Antonio Sáñez Reguart que apelaban a la promulgación de leyes de conservación, en estos momentos desde una perspectiva tal vez más ecologista de cuidado del medio. Como se ha analizado en diferentes estudios, fue el interés por la Historia Natural lo que aportó, entre otros fundamentos, los cimientos para una ideología de conservación, además de las mejoras en el aprovechamiento de recursos, aunque se diera sobre todo a partir de los años setenta del siglo XVIII.
Las verdaderas actuaciones en el ámbito legislativo suelen darse ya en el siglo XIX. Personajes ilustres y comprometidos, como Juan de Vilanova (1821-1893), al que se verá implicado en temas de conservación tras su conocimiento de las medidas que se llevaban a cabo en otros países, sobre todo en Estados Unidos, aunque sea en fechas ya avanzadas del siglo pero con el proyecto ya contundente de crear un primer concepto "espacio protegido" del que surgirán los Parques Nacionales. Citaremos también a Salvador Calderón (1851-1911) y su interés por proteger especies en peligro, Agustín Cabrera y algunos más dentro del campo científico como muestra de movimiento conservacionista. De algún modo se iniciaba cierta institucionalización a través de la formación de sociedades naturales y de estudio científico directo, en ejemplos como la Sociedad Española de Historia Natural, de 1871, la Institución Libre de Enseñanza de Francisco Giner de los Ríos de 1876, o el Centro Excursionista de Cataluña, en 1891. Tendencia que además coincidían con la nueva ideología del siglo, el regeneracionismo y los cambios económicos de la industrialización.
La trayectoria legal quedaría regulada en varios momentos. El 22 de diciembre de 1833 se aprobaba por Real Decreto las Ordenanzas Generales de Montes inspiradas en el Código Penal francés de 1827 trasladaron la gestión de los montes al Estado y desarrollaron ya una serie de medidas de protección forestal. Hacia 1835 se plantea la creación de un cuerpo de una Escuela de Ingenieros de Montes. En 1837, bajo el ministerio de Javier de Burgos, nace la primera Dirección General de Montes. Cierto es que las medidas políticas que se sucedieron fueron diseñando de manera desigual el patrimonio forestal español. Aún en los años cuarenta del siglo se seguía reclamando una mayor y mejor protección, pues los encargados de esa actuación solían ser miembros del ejército y poco cualificados para este ámbito tan específico. Por el momento se insistía más en una línea de actuación científica y no tanto administrativa. La primera institución de Ingenieros del año 1853 no tendría estructura efectiva en los llamados distritos forestales hasta 1859.
Las leyes de Mendizábal y Madoz habían afectado a unos 5,5 millones de hectáreas de montes abriendo paso a la tala y roturación de tierras. Llegados a esa fecha comenzaría una clasificación general de los montes públicos al tiempo que la política intenta definir los campos de actuación frente a las rémoras de las clases pudientes de una sociedad que no había superado el Antiguo Régimen ("Los Ingenieros de Montes pasan a ser incómodos para la alta burguesía y la aristocracia. En las Cortes se pide su disolución: son "frailes del siglo XIX"; partidarios de la Internacional. García Martino (11-11-1871) (ver Pérez Soba-Díez del Corral, (2016): La gestión forestal: historia, legislación, propiedad, Escuela Superior Politécnica de Huesca). En 1863 se dará la Primera Ley de Montes con criterios de conservacionismo y en adelante se elaboraría el Catálogo de Montes de Utilidad Pública, que no se haría oficial hasta el año 1901 por vía de Real Decreto. En general el objetivo era aumentar dichas superficies que habrían de conformar la futura política de conservación de la Naturaleza de España.
Adoración González Pérez
Licenciada en Geografía e Historia por la Universidad Autónoma de Madrid (1979). Escribió su Memoria de Licenciatura sobre EL Real Sitio de Aranjuez en el siglo XVIII.
Doctorada en Historia del Arte por Universidad Autónoma de Madrid (1991), Tesis titulada: El urbanismo de los Reales Sitios en el siglo XVIII.
Profesora de Educación Secundaria, en varios centros de la Comunidad de Madrid, ahora ya no en activo.
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