Hay base jurídica sólida para que los inquilinos pidan la prórroga de su contrato de alquiler
- Escrito por La redacción
- Publicado en Capital
Para Comisiones Obreras el Real Decreto-ley 8/2026 proporciona un fundamento jurídico suficiente para que las personas inquilinas soliciten la prórroga extraordinaria de sus contratos de alquiler. El sindicato hace un llamamiento a ejercer este derecho de forma activa, incluso ante la posibilidad de que determinados propietarios o fondos de inversión impulsen litigios con el objetivo de dificultar su aplicación.
CCOO recuerda que este Real Decreto-ley permite prorrogar hasta dos años los contratos de alquiler de vivienda habitual que finalicen entre el 22 de marzo de 2026 y el 31 de diciembre de 2027, manteniendo las condiciones vigentes. Esta medida se adopta en un contexto de fuerte incremento de precios, que en algunos casos alcanza el 40%, expulsando a miles de familias de sus hogares.
Desde el sindicato se subraya que “no se trata de una opción negociada, sino de un derecho subjetivo de carácter legal, ejercitable de forma unilateral por la persona arrendataria y de obligado cumplimiento para la parte arrendadora, salvo en supuestos muy tasados”. Por tanto, basta con que la persona inquilina comunique de forma fehaciente —por ejemplo, mediante burofax— su voluntad de acogerse a la prórroga para activar sus efectos jurídicos.
CCOO insiste en que este derecho está plenamente vigente desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley y puede ejercerse sin necesidad de esperar a su convalidación. En consecuencia, las solicitudes realizadas durante este periodo constituyen actos jurídicos válidos y eficaces, que generan una posición jurídica sólida y defendible. Se trata de una medida necesaria en un contexto en el que asociaciones de grandes propietarios e inmobiliarias están promoviendo campañas de desinformación destinadas a generar inseguridad jurídica.
Es cierto que la aplicación de esta medida puede dar lugar a conflictos judiciales impulsados por algunos propietarios o fondos, especialmente en un escenario de incertidumbre sobre su convalidación, pero CCOO considera que esta eventual conflictividad no debe disuadir a las personas inquilinas de ejercer su derecho. Por otra parte, los eventuales litigios podrían prolongarse en el tiempo, lo que, en la práctica, favorecería la permanencia de las personas inquilinas en sus viviendas mientras se resuelven los procedimientos.
CCOO sitúa esta medida en el marco de una crisis de acceso y permanencia en la vivienda que exige respuestas urgentes y contundentes. La prórroga extraordinaria se configura como una herramienta adicional para frenar subidas abusivas del alquiler y garantizar la estabilidad residencial. En definitiva, el sindicato defiende que solicitar la prórroga no solo es jurídicamente viable, sino también una acción legítima para defender el derecho a la vivienda frente a prácticas especulativas, incluso en un escenario de posible litigiosidad.
La redacción
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