El Consejo de la Sociedad de Naciones estaba formado, en principio, por cuatro represen tantes de Estados miembros permanentes, es decir, Francia, Italia, Japón y Reino Unido, más cuatro representantes de Estados miembros temporales pero renovables, que al principio fueron Bélgica, Brasil, España y Grecia. En el año 1922 se amplió el número de Estados no permanentes a un total de seis. Al entrar Alemania se le asignó el puesto que debía haber tenido Estados Unidos, además de ampliar el número de no permanentes a nueve. En 1934 se reformaron los estatutos con el fin de crear un Consejo de seis miembros permanentes, asignando a la URSS el sexto, que acababa de ingresar en la Sociedad. Pero, además, se elevaría a once el número de Estados no permanentes. Tenía varias reuniones anuales. Los acuerdos debían tomarse por unanimidad, menos en cuestiones de procedimiento, y se dedicaba, principalmente, a negociar y resolver conflictos. Los países que no eran integrantes de la Sociedad podían presentar cualquier tema que les afectara.