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José Antonio García Regueiro

Ex Letrado del Tribunal Constitucional.

Feminismo y sindicalismo en el Ateneo

(Tiempo de lectura: 3 - 5 minutos)

El 26 de abril pasado la Sección de Filosofía del Ateneo y la Agrupación Ateneísta Agustín de Argüelles, organizaron una Mesa redonda sobre Feminismo y sindicalismo, coordinada por Antonio Chazarra, Presidente de la Sección de Filosofía, introducida por José Antonio García Regueiro, Presidente de la Agrupación Agustín Argüelles, y presentada por el periodista Luis de Benito. Formaron la mesa Rosa Moreno, Ana Sánchez de la Coba y Laura Muñoz Ibáñez.

Los pasillos de la República

(Tiempo de lectura: 3 - 5 minutos)

Cuando paseas por Versalles tienes la sensación que por sus pasillos, salones, jardines y bosques te vas a encontrar a los reyes de Francia, a Enrique IV cazando, a Luis XIII erigiendo el primer palacio, al rey sol, Luis XIV, organizando su Corte, a Luis XV ampliando los palacios y a Luis XVI con María Antonieta, ajenos ambos a su trágico destino.

Dos siglos contigo, Ateneo

(Tiempo de lectura: 4 - 7 minutos)

Un edificio con solera, en la Calle del Prado 21, que nos recibe con las efigies de Cervantes, Velázquez y Alfonso X, alberga entre sus muros el Ateneo Científico, Literario y Artístico de Madrid, la institución que algunos consideramos que ha sido, y sigue siendo, la más elevada síntesis de la historia del pensamiento español, y, en todo caso, un potente foco de irradiación política y cultural desde que se fundara en el trienio liberal progresista, en concreto el 14 de mayo de 1820.

  • Publicado en Opinión

Las leyes orgánicas del 1 de julio de 2015

(Tiempo de lectura: 5 - 9 minutos)

Desde sus primeros pasos la jurisprudencia del Tribunal Constitucional ha rechazado que un endurecimiento de las penas pueda dar mayor seguridad frente a la delincuencia y los conflictos sociales, pues cualquier medida punitiva, penal o administrativa, debe ser proporcionada y encaminada a la reeducación y reinserción social, objetivos que deben orientar toda la política penitenciaria y de seguridad del Estado (artículo 25.2 de la Constitución - C.E.-), como puede colegirse, por ejemplo, del Auto 486/1985, de 10 de julio, y de la Sentencia 2/1987, de 21 de enero, entre otros.

Reunión y manifestación en el Estado de Alarma

(Tiempo de lectura: 2 - 4 minutos)

El derecho de reunión como derecho individual que se ejerce en grupo fue respaldado por la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 (artículos 2, 5 y 7) y por la primera enmienda a la Constitución de los Estados Unidos (enmienda aprobada en 1815). No obstante, especificidades del derecho de reunión, como el derecho de concentración o el derecho de manifestación, tuvieron un reconocimiento posterior por ir unidos normalmente a los movimientos obreros.

Límites jurídicos del estado de alarma

(Tiempo de lectura: 4 - 8 minutos)

El artículo 116  de la Constitución (C.E.) forma parte del Título V, denominado “De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales”, y delimita el derecho constitucional de excepción con tres estados de emergencia: estado de alarma, estado de excepción y estado de sitio; todos ellos en cuanto que responden a situaciones de grave anormalidad deben ser regulados por una ley orgánica; se establecen los órganos competentes para su declaración y, en su caso, prórroga; el procedimiento de adopción de decisiones, su forma, su contenido necesario (ámbito territorial, duración y efectos) y su plazo de vigencia máxima.

Lo que esconde el "Pin Parental"

(Tiempo de lectura: 4 - 7 minutos)

Desde posiciones ultraconservadoras en su mayoría cercanas a concepciones católicas no muy simpatizantes con el Vaticano II, y apoyadas, en todo o en parte, por algunos partidos políticos de la derecha y extrema derecha, se ha lanzado un plan que tiene por objetivo neutralizar cualquier visión pedagógica o de enseñanza que no sea la suya.

Apuntes jurídicos y políticos sobre el laberinto catalán

(Tiempo de lectura: 3 - 5 minutos)

El Estatuto catalán de 1979, conocido como “de Sau” por el enclave donde se perfiló, se mantuvo vigente hasta que se consideró que se daban las condiciones oportunas para proceder a una ampliación de competencias, que tuvo lugar por el Estatuto de 2006. La derecha española recurrió el nuevo Estatuto ante el Tribunal Constitucional dando lugar a la Sentencia 31/2010 (STC 31/2010), que declaró varios de sus artículos inconstitucionales, y a la par dio alas a los independentistas. En efecto, a partir de este momento se planteó una batalla con aristas tanto jurídicas como políticas, que procedemos a examinar brevemente.

  • Publicado en Opinión

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