“...observar rigurosamente las prescripciones del Derecho internacional.”
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“Preámbulo. Las altas partes contratantes, considerando que para fomentar la cooperación entre las naciones y para garantizarles la paz y la seguridad, importa: aceptar ciertos compromisos de no recurrir a la guerra mantener a la luz del día las relaciones internacionales, fundadas sobre la justicia y el honor; observar rigurosamente las prescripciones del Derecho internacional, reconocidas de aquí en adelante como regla de conducta electiva de los Gobiernos; hacer que reine la justicia y respetar escrupulosamente todas las obligaciones de los tratados en las relaciones mutuas de los pueblos organizados, adoptan el presente Pacto, que instituye la Sociedad de Naciones.”
Pacto de la Sociedad de Naciones