"Se reconoce la iniciativa pública en la actividad económica"
"Se reconoce la iniciativa pública en la actividad económica. Mediante ley se podrá reservar al sector público recursos o servicios esenciales, especialmente en caso de monopolio, y asimismo acordar la intervención de empresas cuando así lo exigiere el interés general."
Artículo 128 de la Constitución de 1978.
- Publicado en Texto del día