El dictamen de las responsabilidades de un monarca
- Escrito por La redacción
- Publicado en Déjà Vu
En la sesión de ayer tarde las Corte§ constituyentes fueron conocedoras de otro de esos instantes de plena emoción republicana cuyas primicias ya han gustado en otras ocasiones. No parece sino que el espíritu civil y el verbo revolucionario de España se hacen carne en su órgano representativo cada vez que las contingencias de la política llaman con toques de neto sentimiento republicano a su unánime sensibilidad. Entonces todos son republicanos y todos son unos e iguales en su fervor.
La jornada republicana de ayer la constituyó principalmente la lectura del dictamen de la Comisión de Responsabilidades que fué acogida con grandes aplausos y vivas a la República por los diputados. El dictamen es un documento de inapreciable valor histórico, ya que al afectar solamente a la responsabilidad personal de Alfonso de Borbón se convierte en el acta acusatoria del pueblo contra el ex rey.
El dictamen constituye el más serio juicio que hasta hoy se ha hecho del vergonzoso reinado del Borbón. Los delitos cometidos contra el derecho fundamental de los españoles, vivos en la conciencia del país, han sido desviados de esos extensos sectores de opinión, en los que latía un infalible fallo condenatorio, y orientados por un pulcro sentido jurídico, se han concretado en claras figuras de delincuencia desprendidas de rectas y rigurosas normas procesales.
En el proceso general de las responsabilidades del golpe de Estado del 13 de septiembre de 1923 se ve que este hecho histórico es el culminio de una constante e instructiva actuación del Borbón hacia el ejercicio absoluto del poder personal. En modo alguno puede examinarse ese acto específico como una manifestación aislada y esporádica del régimen monárquico, cuyas condiciones de excepcionalidad pusieran a la persona del ex rey al cubierto de toda sospecha de responsabilidad. La historia de su reinado, desde bien temprano, está llena de episodios que ahora han podido evocarse como antecedentes demostrativos de que el 13 de septiembre está íntimamente trabado a la significación temperamental de Alfonso XIII. El discurso pronunciado en Córdoba el 1921; la ficción parlamentaria; las continuas vejaciones a la Constitución; la consulta a don Antonio Maura, vienen como de la mano a desembocar en la situación pirata creada con la bochornosa dictadura.
Alfonso de Borbón queda declarado incurso en las penas de degradación total, y de reclusión perpetua si pisa el territorio nacional. La pena de muerte le será aplicada si interviene en algún acto de rebeldía. Por último, el Estado se incauta de todos sus bienes. La sentencia será impresa y fijada en todos los Ayuntamientos de España y comunicada a los representantes diplomáticos de todos los países, así corno a la Sociedad de las Naciones.
Se puede decir del fallo que propugna el dictamen de la Comisión de Responsabilidades que no obra ningún efecto positivo desde el momento en que el condenado está fuera del alcance de las leyes españolas y no se puede entablar proceso de extradición. Sin embargo, algo positivo es la confiscación de bienes del ex rey, que aunque no tengan proporción adecuada para representar una justa restitución a España de los dispendios y desastres que sufrió con las aventuras. borbónicas, es una medida indispensable que ha de producir el mejor efecto en el país.
Aparte de eso está el enorme vale moral de la sentencia publicada en las condiciones dichas. Se revisten aquí las Cortes constituyentes de toda la autoridad indiscutible que puede prestarle su condición de órgano legítimo de da voluntad española. El fallo recaído es una verdadera gesta del pueblo en la que proclama su incompatibilidad con un periodo vergonzoso a la tradición civil de España y del cual se resiente aún hondamente nuestra potencialidad.”
(Fuente: El Socialista, número 7102 de 13 de noviembre de 1931).