La jornada laboral
- Escrito por El Socialista
- Publicado en Déjà Vu
“Nuestro camarada Largo Caballero ha promulgado una importante disposición sobre la jornada de trabajo. Representa dicha disposición la ratificación más terminante del Convenio de Washington. Y es una lección para aquellos otros Gobiernos que, a pesar de su carácter avanzado, no han llegado a la misma ratificación. Por el decreto promulgado se establece terminantemente que la duración de la jornada de trabajo no podrá exceder de ocho horas, salvo algunas excepciones.
Se autorizará a trabajar como máximo cincuenta horas extraordinarias en un mes y ciento veinte en el año. Y cada una de ellas con un recargo del 25 por 1oo como mínimo y de un 5o por 1oo para el personal femenino. Parémonos un poco a reflexionar, y observaremos la importancia que tiene ver reflejadas en una ley las más caras aspiraciones de los obreros españoles, que hasta ahora sólo habrían previsto algunos contratos de trabajo, algo avanzados. La satisfacción nuestra es enorme al ver que quien realiza esa obra es un socialista.
Al mismo tiempo, nuestro amigo Largo Caballero ha fijado en su disposición algo que pone la legislación social española por muy encima de las de otros países más avanzados. Se trata de la jornada de siete horas en las minas. Algo a que no ha llegado ni la Conferencia Internacional del Trabajo en su última reunión. La disposición es una base sólida para mayores avances en la legislación social.”
El Socialista, número 6938.