El empleo de las víctimas de los accidentes laborales
- Escrito por J Mallart
- Publicado en Déjà Vu
“Los accidentes del trabajo causan muchas víctimas. El número de los que por ganar el pan cotidiano y por hacer la riqueza del país sucumben. y se quedan con limitaciones funcionales que les impiden seguir ocupados en el mismo trabajo, se eleva anualmente en España varios millares, sin contar les que mueren y los que sufren invalidez que los incapacita para todo trabajo de rendimiento suficiente para sustentarse a sí mismos.
Los que se accidentan en ocasión del trabajo reciben del patrono o de su representante, una Compañía de seguros, una cierta indemnización; pero ésta generalmente apenas llega a subvenir a las necesidades del inválido en su primer tiempo de adaptación a la situación creada por su invalidez. Aunque la indemnización se diera en forma de renta vitalicia, como se hace en oteas países, la cuantía es tan pequeña, que el inválido tiene que buscar otros recursos para poder vivir, y lo más digno es que, si puede trabajar de alguna manera, sin riesgo para su integridad, lo haga.
Pero el individuo que tiene una invalidez manifiesta tropieza con grandes dificultades para encontrar trabajo. Con objeto de facilitar la readaptación y la reincorporación de los accidentados a la vida activa, la le y española de Accidentes (1922) dispuso la creación del Instituto de Reeducación Profesional. En este Instituto, un número—pequeño en relación con la cifra de accidentados con incapacidad permanente que hay en. España—reciben tratamiento médico. y de reeducación profesional que les permite capacitarse para determinados trabajos, a veces los mismos que el obrero estaba desarrollando antes del accidente. Sin embargo, el problema de la colocación de los inválidos reeducados continúa casi sin resolver.
Al disponer la ley que «en los talleres y centros de trabajo del Estada y en igualdad de condiciones» fueran preferidos para la colocación los individuos reeducados en el Instituto de Reeducación Profesional, el legislador quiso indudablemente orillar gran parte de las dificultades que encuentran pana su colocación los individuos de capacidad disminuida y aun los que, a pesar de encontrarse con capacidad suficiente para desempeñar determinadas funciones y trabajos, no. son admitidos a éstos por tener «defecto físico».
En estos tiempos en que los progresos de la técnica ortopédica y quirúrgica y de la reeducación funcional y profesional permiten disimular incluso la falta de los mismos órganos esenciales de locomoción y de trabajo, y con ello el inválido puede desplegar determinadas actividades con rendimiento normal o muy poco inferior al normal, figuran todavía en los reglamentes y bases de admisión de personal de la mayoría de las dependencias oficiales y. privadas, como condición previa para ser admitido, la de «no padecer defecto físico».
No queremos censurar el hecho de que no se admita sin ciertas garantías a los inválidos reeducados a trabajar en Empresas privadas, ni queremos enjuiciar a las Compañías aseguradoras que rechazan el seguro de accidente de estos trabajadores. Unas y otras toman esta actitud principalmente fundándose en la consideración del riesgo mayor que supone ha de tener el trabajo cuando se confía a personas que tienen deficiencias funcionales. Esto es cosa que se debería examinar y estudiar detenidamente. Pero, por lo menos, las ocupaciones que no ofrecen riesgo mayor al individuo no deberían serle a éste negadas. Especialmente deberían hacerse más asequibles a los que presenten garantías de aptitud profesional muchos destinos oficiales.
Si el Estado viene amparando la colocación de los que, estando perfectamente dotados para la lucha por la vida, tienen el mérito de haber prestado servicios en el ejército, debe también amparar de alguna manera a los licenciados del ejército del trabajo que cayeron víctimas de accidente en la lucha de la actividad productiva nacional. Dotando y sosteniendo al Instituto de Reeducación Profesional, el Estado hace en favor de éstos una gran obra pero la obra es incompleta, por cuanto los inválidos, a pesar de la preparación que reciben en aquel Centro para ser reincorporados en la vida del trabajo, no son bien recibidos—y en ello influyen una serie de prejuicios—por los que podrían darles ocupación, lo cual les imposibilita el hacer valer sus aptitudes remanentes para ganarse el sustento, que a veces está unido a la sustentación misma de toda una familia.
Por todo esto sería conveniente que las dependencias del Estado, como lo ha empezado a hacer, con resultado satisfactorio, alguna de las regidas por el ministerio de Trabajo, al admitir personal a su servicio den preferencia, en igualdad de condiciones profesionales, a los inválidos que posean el certificado correspondiente del Instituto de Reeducación Profesional de Inválidos del Trabajo.
Al propio tiempo sería de desear que por el mismo Instituto de Reeducación Profesional o por alguna otra entidad competente en relación con él, se organizase una Bolsa de Trabajo que se ocupase de la colocación de los inválidos, como se había empezado a hacer por la desaparecida Sección de Orientación Profesional de aquel Instituto. En ella, además de guiar a los inválidos para la obtención de destinos públicos propios para ellos, debería procurarse facilitar la colocación en Empresas industriales, mercantiles y agrícolas a los que, gracias a sus capacidades y a su reeducación, estén en condiciones de codearse profesionalmente con los trabajadores normales.
Tal vez las Compañías que hacen el seguro de Accidentes del trabajo y las Empresas que corren directamente con estos riesgos continúen resistiéndose a la admisión de inválidos, fundándose en que la accidentalidad de éstos es mayor. Pero que estudien esta accidentalidad y que adapten a ella, de una manera precisa, las primas del seguro. Posiblemente verán que, si bien fisiológicamente, el inválido está más expuesto al accidente, psicológicamente está mucho mejor dispuesto para prevenirse contra él, ya que la experiencia le ha enseñado a ser prudente y a alejar las causas de peligro. Esto, unido a la educación preventiva que se puede hacer en el período reeducativo del inválido, explica que diversas observaciones que hemos hecho sobre la accidentalidad en el trabajo de los inválidos reeducados nos hayan dado una frecuencia de accidentes tal vez inferior a la de los obreros normales, cuando aquéllos son ocupados en trabajos adecuados a sus capacidades.”
(Fuente: El Socialista, número 6932, de 28 de abril de 1931).