“Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión”
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“Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho implica la libertad de cambiar de religión o de convicciones, así como la libertad de manifestar su religión o sus convicciones individual o colectivamente, en público o en privado, por medio del culto, la enseñanza, las prácticas y la observancia de los ritos.”
Convención Europea de Derechos Humanos, artículo noveno. 1950.