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La guerra de remensas y la Sentencia Arbitral de Guadalupe


(Tiempo de lectura: 2 - 3 minutos)

“Nos, don Fernando (...) en virtud del poder q Nos atribuydo por los seniores o senyores de lospageses de remença e o de malos usos, de una parte, e por los dichos pageses del nuestroPrinçipado de Cathalunya de la parte otra (...) procedimos a sentenciar, arbitrar e declarar sobre las dichas questiones y debates en la forma siguiente: E primeramente, por quanto por parte de los dichos pageses nos es fecha gran clamor de seysmalos usos vulgarmente clamados, diziendo que indebidamente e inusta e en gran cargo deconsciencia (...) sentenciamos, arbitramos y declaramos (...) no sean ni se observen ni hayanlugar ni se puedan demandar ni exigir de los dichos pageses ni de sus descendientes ni de losbienes dellos ni de alguno dellos, antes por la present nuestra sentencia aquellos abolimos,stinguimos y anichilamos e declaramos los dichos pageses y sus descendientesperpetuamente ser liberos y quitios dellos y de cada uno dellos. Pero (...) en satisfacción ecompensación (...9 pronunciamos e declaramos los dichos pageses ser tenidos y obligadosdar e pagar por cada un cap mas 60 solidos de moneda barchinonesa.”

Sentencia arbitral de Guadalupe del rey Fernando el Católico

Don Fernando e Doña Isabel, etc. a Vos los qontadores, justiçias, regidores, jurados, oficiales..”

(consultado en el blog universitario para Historia Medieval e Historia Moderna “A vuelapluma”)

Los payeses de remensa eran campesinos de la denominada Cataluña Vieja, que trabajan tierras ajenas, pero a las que se hallaban adscritos con carácter hereditario. Podían librarse de esa sujeción mediante el pago de una redención, la “remensa”. Se calcula que podían ser un cuarto de la población catalana, aproximadamente. Era un grupo social de condición servil.

En el siglo XV los payeses de remensa protagonizaron una larga revuelta en contra de los denominados “malos usos” y en defensa de su libertad. Esos “malos usos”, además de la remensa, eran los siguientes: la intestia, por la que el señor se quedaba una parte de los bienes de un payés fallecido sin testamento; la exorchia, que otorgaba al señor una parte de los bienes del payés fallecido sin descendientes; la cugucia, prestación que recibía el señor en el caso de que la mujer del campesino cometiera adulterio; la arsia, que era un castigo al payés en el caso de que se produjera un incendio en el predio que trabajaba; y la firma de spolii, prestación que se entregaba al señor por la autorización que daba para hipotecar los bienes que se habían entregado entre sí los esposos.

Sus revueltas pretendían, pues, acabar con su condición servil. El conflicto terminó por extenderse por toda Cataluña entre los años 1450 y 1480. Consiguieron que los “malos usos” fueran abolidos, a cambio de algunas concesiones, por la Sentencia Arbitral de Guadalupe, dada por Fernando el Católico en el año 1486.

Para conocer la Sentencia con un comentario es interesante acudir a la página de los Archivos Españoles (Archivo de la Corona de Aragón) en la sección de Documentos para la Historia de Europa. También se puede consultar el trabajo de Elia Marzal Yetano, “La Sentencia Arbitral de Guadalupe de 1486. Estadios de incentivos y liberalización de la tierra de los reinos hispánicos”, en AHDE (2016). (en la red). Sobre el conflicto de los remensas: Josep M. Salrach, Los payeses de remensa, Cuadernos de Historia 16, 1985.

Eduardo Montagut

Doctor en Historia. Autor de trabajos de investigación en Historia Moderna y Contemporánea, así como de Memoria Histórica.

Premio Mejor Aliado 2024 de la Asociación Blanco, Negro y Magenta.

 

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